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Los pilares del Plan Departamental de Ordenamiento Territorial PDOT

Desde el 2019 fue adoptado para Risaralda el plan de ordenamiento territorial que regirá hasta el año 2035. La CARDER ha realizado un activo acompañamiento del proceso.

Los pilares del Plan Departamental de Ordenamiento Territorial PDOT

Desde el 2019 fue adoptado para Risaralda el plan de ordenamiento territorial que regirá hasta el año 2035. La CARDER ha realizado un activo acompañamiento del proceso.

Las leyes 99 de 1993 y 388 de 1997 le confieren a las Corporaciones Autónomas Regionales un rol relevante en los procesos de ordenamiento territorial cuyo deber es velar por la conservación y protección del ambiente, los recursos naturales y prevenir los riesgos naturales. Estos temas se constituyen como norma de superior jerarquía en el momento de la elaboración y adopción de los diferentes instrumentos de planificación territorial de orden municipal (Planes de Ordenamiento Territorial, Planes Parciales, Unidades de Planificación, Macroproyectos).

En este sentido la Cárder ha realizado de forma continua la actividad de apoyo, acompañamiento y asistencia técnica a los municipios de su jurisdicción para garantizar la incorporación del componente ambiental en los instrumentos de planificación territorial.

A su vez los Planes de Ordenamiento Territorial Departamental son un instrumento a través del cual los departamentos establecen directrices y orientaciones para el ordenamiento de la totalidad o porciones específicas del territorio, con el fin de determinar los escenarios de uso y ocupación del espacio, de acuerdo con el potencial óptimo del ambiente y en función de los objetivos de desarrollo sostenible, las potencialidades y limitantes espaciales, económicas y culturales.

El Plan Departamental de Ordenamiento Territorial, adoptado en di-ciembre de 2019 mediante la ordenanza No. 029, supone una caracterización del departamento, la cual bajo una prospectiva de corto, mediano y largo plazo, define las líneas estratégicas de trabajo para que en conjunto con los municipios, se articulen los instrumentos de ordenamiento territorial municipal y se gestionen proyectos de impacto regional que beneficien a varios municipios.

Este PDOT define las directrices y lineamientos de orden supramunicipal, para que los municipios y el departamento orienten su planificación territorial bajo cuatro perspectivas:

  • Risaralda territorio global-local
  • Risaralda sostenible, diversa, resiliente y segura territorialmente
  • Risaralda territorio eficiente, competitivo e inteligente
  • Risaralda territorio saludable, amigable, incluyente, equitativo, accesible y en paz.

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