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Suspensión de la licencia para cazar especies de ranas y aves en Risaralda

Con esta decisión el Consejo de Estado acoge los argumentos esbozados en la solicitud de medida cautelar presentada por la CARDER, autoridad que pretende controvertir la legalidad de la resolución 02370/2019 expedida por la ANLA.

Consejo de Estado Colombiano confirmó medida cautelar consistente en la suspensión de la licencia para cazar especies de ranas y aves en Risaralda

Con esta decisión el Consejo de Estado acoge los argumentos esbozados en la solicitud de medida cautelar presentada por la CARDER, autoridad que pretende controvertir la legalidad de la resolución 02370/2019 expedida por la ANLA.

La Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER, celebró la decisión de la sección primera del Consejo de Estado, quién reiteró su decisión de suspender la licencia otorgada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, a la empresa Tesoros de Colombia, por medio de la cual se autorizaba la caza de fomento y zoocría de algunas especies de ranas y aves en el departamento.

La CARDER con su misionalidad y compromiso por la protección de los recursos naturales, en el año 2020 presentó ante el Consejo de Estado, una acción de nulidad y restablecimiento de derechos, solicitando la nulidad de la licencia otorgada por la ANLA y que la Corporación consideró que carecía de requisitos legales y Constitucionales para su expedición, pues para esta no se realizó la consulta previa con las comunidades, ni con la autoridad regional, además de atentar contra especias endémicas.

Mediante auto del 29 de junio de 2023, el Consejo de Estado confirma el auto suplicado por la ANLA y ratifica la suspensión de la licencia otorgada a la sociedad Tesoros de Colombia, que permitía cazar tres especies de ranas en el territorio Risaraldense: Rana Arlequín, Rana Rubí y la Rana venenosa Andina; así como la caza de dos especies de aves: Tangara multicolor y el gallito de rocas.

“Estas especies endémicas del trópico húmedo, iban a ser sustraídas del territorio sin conocimiento de la CARDER, ni de las comunidades indígenas, campesinas y afros del territorio, pero sobre todo sin haber hecho un estudio de biología que permitiera determinar poblaciones existentes en estos territorios para no atentar con equilibrio ecosistémico; aplaudimos esta decisión del Consejo de Estado, nos permite seguir protegiendo nuestros recursos ”, dijo el director general de la CARDER, Julio César Gómez.

Las especies que estaban autorizadas dentro de la licencia para ser sustraídas de sus hábitats, son especies sombrilla, objeto de preservación, vigilancia, cuidado y estudio, por esto la CARDER se opone rotundamente a las prácticas que atentan contra su equilibrio y conservación.

Los argumentos jurídicos que usó la Corporación se encuentran afincados en los principios legales y Constitucionales para la protección del medio ambiente, adicionalmente se realizó el acompañamiento por parte de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambietales de Colombia para coadyuvar la acción interpuesta.

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