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Socialización del consejo consultivo de mujeres de Pereira

El Consejo Consultivo es un mecanismo de participación ciudadana que crea el Gobierno Municipal en cumplimiento a tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, que buscan promover la igualdad de derechos y oportunidades de las mujeres en todos los ámbitos sociales, a través de un organismo de carácter consultivo, técnico y político que representa las necesidades e intereses de las mujeres.

SOCIALIZACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE MUJERES DE PEREIRA

Se han llevado a cabo diferentes jornadas con mujeres de todos los gremios y organizaciones de la ciudad.

El Consejo Consultivo es un mecanismo de participación ciudadana que crea el Gobierno Municipal en cumplimiento a tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, que buscan promover la igualdad de derechos y oportunidades de las mujeres en todos los ámbitos sociales, a través de un organismo de carácter consultivo, técnico y político que representa las necesidades e intereses de las mujeres.

“El consejo consultivo de mujeres de Pereira hace parte del eje voz de equidad de género para las mujeres, que busca incrementar y fortalecer su participación social y política en el municipio a través de la definición, el desarrollo y seguimiento de las políticas públicas que hacen parte de esa promoción”, comentó Ximena Soto, asesora para la equidad de género en el municipio.

La socialización del decreto se realiza a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Político con su equipo de equidad de género para que las mujeres participen en su construcción.

El Consejo Consultivo será integrado por diferentes mujeres que representan un gremio de la ciudad y que desde su rol velará por el desarrollo y cumplimiento de cada uno de los ejes de la política pública; además serán elegidas por voto popular y deberán ser avaladas por alguna organización que represente su gremio.

DATOS DE INTERES

REQUISITOS:

  • Ser mujer.
  • Mayor de 14 años.
  • Tener residencia fija en Pereira.

PERÍODO:

  • 3 años contados a partir de su instalación.
  • Ninguna mujer podrá ejercer su representación por más de dos periodos.

SESIONES:

  • Sesionará por lo menos 4 veces al año.

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